Las fechas, de un vistazo
| Fecha | Qué se aplica |
|---|---|
| 1 de agosto de 2024 | Entra en vigor el Reglamento (UE) 2024/1689, el AI Act. |
| 2 de febrero de 2025 | Prácticas prohibidas y alfabetización en IA. |
| 2 de agosto de 2025 | Modelos de IA de uso general, gobernanza y autoridades nacionales. |
| 27 de julio de 2026 | Entra en vigor el Ómnibus Digital sobre IA, Reglamento (UE) 2026/1744, publicado el 24 de julio. |
| 2 de agosto de 2026 | Obligaciones de transparencia del artículo 50 y vigilancia del mercado. |
| 2 de diciembre de 2026 | Nuevas prohibiciones y fin del periodo transitorio para marcar el contenido generado de los sistemas que ya estaban en el mercado. |
| 2 de agosto de 2027 | Cada país debe tener al menos un espacio controlado de pruebas operativo. |
| 2 de diciembre de 2027 | Sistemas de alto riesgo del anexo III: empleo, crédito, educación, servicios esenciales y otros. |
| 2 de agosto de 2028 | Sistemas de alto riesgo integrados en productos regulados (anexo I). |
Qué cambió con el Ómnibus Digital
- Se retrasa el alto riesgo. Las obligaciones del anexo III pasan al 2 de diciembre de 2027 y las del anexo I al 2 de agosto de 2028.
- La transparencia no se mueve. Desde el 2 de agosto de 2026 tienes que avisar cuando alguien habla con una IA y etiquetar las ultrafalsificaciones. Solo el marcado técnico del contenido, que es cosa del proveedor, tiene un margen hasta el 2 de diciembre de 2026 para los sistemas que ya estaban en el mercado.
- Dos prohibiciones nuevas. Desde el 2 de diciembre de 2026 está prohibida la IA que genera imágenes íntimas o sexuales realistas de una persona identificable sin su consentimiento, y la que genera material de abuso sexual de menores.
- La alfabetización se suaviza, pero sigue. Ya no se exige garantizar un nivel concreto a cada persona, sino adoptar medidas para promoverla según el puesto y el contexto. Lo explico en la guía del artículo 4.
- Más ayuda a pymes. Documentación simplificada y, en las multas, se aplica la cantidad menor.
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Ver el paqueteQué tienes que tener hecho hoy
A 31 de octubre de 2026, una empresa que usa IA de otros ya debería tener tres cosas: la comprobación de que no hace ningún uso prohibido, medidas de formación para su equipo y los avisos de transparencia en su chatbot y en los contenidos que lo necesiten.
Si además usas IA para seleccionar personal o evaluar a tus empleados, el 2 de diciembre de 2027 te llegarán las obligaciones de alto riesgo. Parece lejos. No lo es: hace falta inventario, supervisión humana documentada y revisar contratos con tus proveedores.
¿Y la ley española?
El Reglamento europeo se aplica directamente, sin esperar a ninguna ley nacional. España prepara una ley orgánica que fija las sanciones y el papel de la AESIA: el Gobierno la envió al Congreso en mayo de 2026 y, a fecha de esta guía, no se ha aprobado. Lo cuento en AESIA y sanciones.
Preguntas frecuentes
¿Se ha retrasado el AI Act?
Solo una parte. El Ómnibus Digital retrasó las obligaciones de alto riesgo a diciembre de 2027 y agosto de 2028. Las prohibiciones, la alfabetización y la transparencia siguen en vigor.
¿Qué entra en vigor el 2 de diciembre de 2026?
Dos prohibiciones nuevas sobre contenido sexual generado sin consentimiento y material de abuso de menores, y el fin del periodo transitorio para marcar el contenido generado en sistemas comercializados antes del 2 de agosto de 2026.
¿Desde cuándo tengo que avisar de que mi chatbot es una IA?
Desde el 2 de agosto de 2026.
Esta guía explica la normativa de forma divulgativa y no es asesoramiento jurídico. No soy abogado: si tu caso lo necesita, consúltalo con uno.