Las cuatro obligaciones del artículo 50
| Caso | Qué hay que hacer | A quién le toca |
|---|---|---|
| IA que conversa con personas (chatbots, asistentes de voz) | Informar de que se está hablando con una IA, salvo que sea evidente | Al proveedor del sistema, que debe diseñarlo así. Tú compruebas que el aviso está activado. |
| Contenido sintético (imagen, audio, vídeo, texto) | Marcarlo de forma que una máquina detecte que lo ha generado una IA | Al proveedor de la herramienta generativa |
| Reconocimiento de emociones o categorización biométrica | Informar a las personas expuestas | A quien lo usa |
| Ultrafalsificaciones y textos sobre asuntos de interés público | Decir que el contenido es artificial | A quien lo publica, con excepciones si hay revisión y control editorial humano |
Se aplican desde el 2 de agosto de 2026. El marcado técnico tiene un margen hasta el 2 de diciembre de 2026 para los sistemas que ya estaban en el mercado.
Tu chatbot: el aviso
Si tienes un asistente en la web o en WhatsApp, la persona tiene que saber desde el primer mensaje que no habla con un humano. No vale esconderlo en la política de privacidad. Ejemplos que funcionan:
- «Hola, soy el asistente virtual de Talleres García. Soy una inteligencia artificial. Si prefieres hablar con una persona, escribe PERSONA.»
- «Te atiende un asistente automático con inteligencia artificial. Puede equivocarse: para presupuestos y reclamaciones te pasamos con el equipo.»
Si el asistente es de voz, el aviso va al principio de la llamada.
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Una ultrafalsificación es un contenido que imita a personas, objetos, lugares o hechos reales y que puede parecer auténtico. Si en un anuncio sale una persona que no existe, o una voz clonada, tienes que decir que es artificial. Un texto visible como «Imagen generada con IA» o «Vídeo con avatar creado con inteligencia artificial» cumple.
Cuando el contenido es claramente artístico, satírico o de ficción, basta con avisar de forma que no estropee la obra.
Textos generados con IA
La obligación afecta a los textos que se publican para informar al público sobre asuntos de interés público. El artículo de blog de tu empresa sobre un producto no entra en ese supuesto. Y aunque entrara, si una persona lo revisa y la empresa responde editorialmente de lo publicado, no hace falta etiqueta.
Lista de comprobación
- El chatbot avisa en el primer mensaje de que es una IA.
- El asistente de voz lo dice al empezar la llamada.
- Las imágenes, vídeos y voces que imitan a personas reales llevan su etiqueta.
- Hay una persona que revisa los textos generados antes de publicarlos.
- Has preguntado a tus proveedores si sus herramientas marcan el contenido generado.
- Todo ello consta en tu inventario de IA y en tu política de uso.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio avisar de que un chatbot es una IA?
Sí, desde el 2 de agosto de 2026, salvo que sea evidente por el contexto. El aviso debe darse de forma clara al inicio de la interacción.
¿Tengo que etiquetar las imágenes generadas con IA en mis redes?
Si imitan a personas, lugares o hechos reales y pueden parecer auténticas, sí. Una imagen claramente ilustrativa o de fantasía tiene requisitos más ligeros.
¿Hay que poner que un artículo está escrito con IA?
Solo los textos sobre asuntos de interés público, y no si una persona los revisa y la empresa responde editorialmente de ellos. Un artículo comercial revisado no necesita etiqueta.
Esta guía explica la normativa de forma divulgativa y no es asesoramiento jurídico. No soy abogado: si tu caso lo necesita, consúltalo con uno.